Los cambios normativos para los autónomos efectivos desde el 1 de enero de 2019 han permitido que los trabajadores por cuenta propia consigan una serie de nuevos beneficios.
Algunas modificaciones ya han entrado en el debate social, como las mejorías en el cobro del paro o de la baja del autónomo. En este texto te informamos sobre las novedades respecto a las mujeres. Un colectivo para el que, en algunos supuestos, se ofrece una especial protección.
Aproximadamente, uno de cada tres trabajadores autónomos en nuestro país es mujer. Un porcentaje que, además, ha ido subiendo en los últimos tiempos. A continuación, te contamos qué medidas buscan su promoción.
Este derecho se adquiere a lo largo de dieciséis semanas ininterrumpidas, prorrogables en función de ciertas circunstancias. Las madres autónomas que no hubieran cotizado suficientemente tienen la posibilidad de acogerse a una pensión no contributiva de maternidad durante cuarenta y dos días (ampliable en base a diversas circunstancias).
En este aspecto, tenemos que reseñar varias:
– Vinculada a la contratación de un sustituto para poder conciliar (100 % de la cuota).
– 100 % de la cuota por descanso por maternidad.
– Tarifa plana (ahora de 60 euros) durante dos años para quienes se reincorporen a la actividad (sin tener que esperar los dos años relativos al resto de autónomos).
– Por otro lado, la tarifa plana para altas iniciales aumenta sus bonificaciones para mujeres menores de 35 años (para hombres, solo en menores de 30).
Bonificación de la cuota íntegra a lo largo de seis meses.
Ten en cuenta también las prestaciones directas, la deducción por hijo en el IRPF y las de las comunidades autónomas.
En definitiva, ayudas que fomentan el autoempleo de las mujeres.
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